Razones hay de sobra... asumamos nuestra responsabilidad...
Razones hay de sobra... asumamos nuestra responsabilidad...
El pasado 02 de Agosto, aproximadamente a las 4:00 de la tarde, después de varias horas de lluvia, las poblaciones de Arenas y Río Arenas, cercanas a Cumanacoa en el Municipio Montes del Estado Sucre, fueron víctimas del desbordamiento del Río Caribe y de otras dos quebradas locales.
Estas poblaciones fueron prácticamente "arrasadas por las aguas" (no fue una simple inundación), sufrieron verdaderos destrozos materiales (sin pérdidas de vidas humanas ¡¡por suerte!!).
A la fecha de escribir este post (3 días después del suceso) ya se contaban más de 1.700 familias (casi 6.000 personas) damnificadas. (¡Que lo perdieron todo!)
A través de esta web, me permito solicitarles ayuda humanitaria... Se trata de donar sábanas, agua potable, comida y medicamentos para la gente del Municipio Montes; se puede hacer la donación en los diversos centros de acopio que se han instalado en la ciudad de Cumaná (Destaco el que se encuentra en la RAIC, en el CC Cumaná Plaza, el que se instaló en la Av. Gran Mariscal cerca del Rectorado de la UDO y, muy especialmente, la Catedral de Cumaná)
Este es el lugar del suceso... (marcado con la cruz roja)
Ver RJGM.net en un mapa más grande
A continuación les muestro tres videos telefonicos del susceso en pleno desarrollo.
Un importante sector de la comunidad universitaria de la UDO ha centrado sus esfuerzos en la diatriba derivada del próximo proceso de elecciones de autoridades rectorales. De hecho, han aparecido dos importantes puntos de discusión: a) el derecho al voto de profesores instructores y contratados, empleados, obreros, y egresados (basado en la nueva LOE); y b) la reelección rectoral (basada en "nadie-sabe-qué").
De este último aspecto trata este post.
Cerca de dos docenas de comunicados y remitidos han llegado a mi buzón de email en los últimos meses (algunos a favor y otros en contra de la reelección rectoral), de éstos, sólo dos o tres valían la pena ser leídos, el resto era un conjunto de apreciaciones sin soportes, discursos patéticos, ofensas (de las más hipócritas -o "diplomáticas"- que puedan imaginarse); pero sobre todo, lo más lamentable, escritos elaborados con un bajísimo nivel de racionalidad y evidencialidad, indignos de ser obras de universitarios.
No cuestiono la esencia de la opinión (puesto que la doxa no es -ni debe ser- verdad o mentira), pero aun en el campo opinático se debe actuar con algún sentido silogístico, es decir, con premisas válidas (verificables) y sus vínculos racionales… si no lo que se argumenta se convierte en un relato “de imaginación” que sólo sirve para alargar el debate sin avanzar en la comprensión de los hechos.
Es por ello que decidí presentar mis inconcordancias con la reelección rectoral, con en base en opiniones fundadas en argumentos (juicios personales) y cierta evidencia (fácilmente comprobable por ustedes) que considero dan soporte racional a mis puntos de vista.
Origen de la discusión:
Reglamento Electoral de la Universidad de Oriente (original: Gaceta 104, oct. 2000)
CAPÍTULO VI. DE LA ELECCIÓN DEL RECTOR, VICERRECTORES Y SECRETARIO
Artículo 67. Las autoridades universitarias a las que se refiere este Capítulo, que hubieren ejercido funciones por más de la mitad de sus respectivos periodos, no podrán ser reelectos para los mismos cargos en el período inmediato.
Esto fue modificado por el Consejo Universitario de la UDO mediante la Resolución CU 24/2009 (May 2009), quedando así:
Artículo 67. Las autoridades universitarias a las que se refiere este Capítulo, que hubieren ejercido funciones por más de la mitad de sus respectivos períodos, podrán ser reelectas para los mismos cargos o para uno distintos de entre ellos. Sin embargo, una vez que hayan cumplido un segundo periodo o más de la mitad de dicho segundo periodo no podrán postularse para la reelección en ninguno de los cargos que estén ostentando (Rector, Vicerrectores y Secretario) hasta que hayan transcurrido, por lo menos, dos de los periodos que para el ejercicio de estas autoridades prevén las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.
(Redacción del original)
A continuación los 10 aspectos que considero para no concordar con esa resolución:
Imposible que no les guste, recomiendo que lo vean completo Olga Roman y Joaquín Sabina... ¡Buenisimo!
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